La Sociedad Española de Medicina Aeroespacial ha remitido sendas cartas a la Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y al Presidente de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) manifestando nuestra preocupación ante la excepcional situación del tráfico aéreo ocasionada por la pandemia por coronavirus y la necesidad de abordar desde un punto de vista sanitario la situación en el ámbito aeronáutico que dé respuesta tanto al momento actual como al establecimiento de medidas a corto, medio y largo plazo con objeto de que la normalización paulatina del tráfico aéreo se realice con las mayores medidas de seguridad que prevengan una nueva expansión de la infección.

Estamos convencidos de que el retraso en la adopción, cuando no la práctica ausencia, de medidas sanitarias elementales en el medio aeroportuario marcó las primeras fases de la epidemia en nuestro país.

Al mismo tiempo de proponer las medidas que a continuación se enumeran tanto en el ámbito aeroportuario como en el del transporte aéreo, la SEMA ofrece su colaboración y plantea la posibilidad de creación de una comisión entre AESA, AENA y SEMA para la coordinación de esos protocolos.

Ámbito Aeroportuario:

• Generar, publicar y difundir información en los aeropuertos y compañías aéreas de estas recomendaciones sanitarias, así como de las condiciones médicas exigibles al pasaje, tripulación y resto de personal del aeropuerto.

• Garantizar un control sanitario de todo el pasaje de Entrada/Salida o Tránsito que progresivamente pueda reanudar sus desplazamientos, mediante:

  1. La creación de puntos de consulta/información con capacidad para atender a los viajeros, con cuestionarios sobre riesgo de infección (síntomas, contacto con pacientes) y posibilitar la realización de test rápidos de diagnóstico a los que no lleven acreditación sanitaria de no contagiosidad/inmunidad, especificándose la obligación de declarar a su llegada al aeropuerto, en estos puntos de consulta/información, la existencia de diagnóstico confirmado, la presencia de síntomas compatibles con la infección o la existencia de alto riesgo de estar infectado. Estos puntos deben ser atendidos por personal sanitario.
  2. Control y valoración de las acreditaciones médicas del estado infeccioso/inmunitario que los pasajeros puedan presentar. En este sentido se recomendará a los viajeros la conveniencia de llevar acreditación sanitaria de su situación inmunitaria respecto a SARS-CoV-2.
  3. Control generalizado de temperatura corporal bien mediante termometría IR sin contacto o bien mediante el uso sistemático de cámaras térmicas.
  4. A aquellos pasajeros con temperatura corporal superior a 37,5ºC y/o aquellos con síntomas sugestivos de COVID 19 se les facilitará mascarilla quirúrgica, y serán valorados por personal facultativo, minimizando el contacto con el resto del personal. Dicho personal valorará la realización de test rápidos de anticuerpos IgM/A-IgG de aquellos pasajeros que muestren elevación de temperatura corporal superior a 37,5ºC; sintomatología sospechosa de presentar infección por SARS-CoV-2 o que aun siendo asintomáticos puedan ser contacto estrecho de enfermo COVID 19.

• Asegurar el aforo adecuado que permita el distanciamiento interpersonal mínimo de seguridad en todas las instalaciones (Controles de seguridad, salas de espera, zonas de embarque, vehículos de transporte de pasajeros…), según la recomendación de EASA SIB No.: 2020-02R3. Si no fuera posible mantener las distancias establecidas, el uso de mascarillas será obligatorio.

• Garantizar que todo el personal de AENA y de las empresas a su servicio, de las compañías de handling, alquiler de vehículos, seguridad aeroportuaria, fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, restauración en su momento, limpieza, servicios médicos, etc. dispongan de una adecuada dotación de Equipos de Protección Individual (EPIs), así como de la formación para su uso y de protocolos de actuación ante sospechas o casos confirmados de COVID-19.

• Solicitar de cada uno de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales evaluaciones al efecto, particularmente por exposición a riesgos biológicos.

• Exigir a las entidades responsables de la gestión de los servicios sanitarios de los aeropuertos que dispongan de adecuada dotación de EPIs, formación para su uso, así como de medios y protocolos de actuación para aislar a los pacientes/sospechosos de infección.

• Documentar a todos los trabajadores con cometidos esenciales sobre su estado de inmunidad adquirida mediante estudio sistemático de presencia de síntomas y la detección de anticuerpos IgM/A-IgG.

• Exigir a las empresas de limpieza y saneamiento intensificar la desinfección de zonas de riesgo elevado de contagio. Así como el cumplimiento de las recomendaciones publicadas para tal fin por el Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades (European Centre for Disease Prevention and Control. Interim guidance for environmental cleaning in non-healthcare facilities exposed to SARS-CoV-2. ECDC: Stockholm; 2020.)

• Garantizar la separación de la actividad laboral de todo caso sospechoso de infección por el SARS-CoV-2.

Ámbito del Transporte Aéreo:

• Solicitar a las Compañías Aéreas que implanten medidas de control de las tripulaciones aéreas actualmente operativas, mediante la creación de procedimientos de valoración del riesgo individual de infección y/o contagio de SARS-CoV-2, complementado con la realización sistemática de test genómicos/antigénicos y test rápidos de detección de anticuerpos IgM/A-IgG tanto a las tripulaciones técnicas como a las tripulaciones de cabina.

• Mantener las distancias interpersonales recomendadas entre pasajeros y entre éstos y tripulantes, tanto durante los procesos de embarque y desembarque como a bordo de las aeronaves, adaptando el aforo máximo permitido de la aeronave para mantener las distancias recomendadas, y utilizando mascarillas en cabina técnica o en las circunstancias en que no sea posible mantener esas distancias recomendadas.

• Evitar el contacto entre pasaje y tripulación técnica, debiendo ésta permanecer en la cabina de vuelo durante el embarque y desembarque de los pasajeros.

• Garantizar a través de sus operadores que tanto la tripulación técnica como la tripulación de cabina dispongan de la adecuada dotación de EPIs, formación para su uso, así como de medios y protocolos de actuación para aislar a los pacientes/sospechosos de infección hasta su evacuación (Guidance on Management of Crew Members In relation to the SARS-CoV-2 pandemic. Issue no: 01 – Date: 26/03/2020).

• Aconsejar a las Compañías Aéreas valorar la conveniencia de emplear rotaciones de tripulaciones fijas e incluso agrupadas por su estado inmunitario frente al SARS-CoV-2, con el fin de minimizar la exposición y facilitar la trazabilidad de los contactos.

• Minimizar el tránsito de pasajeros y tripulantes por la cabina: suprimiendo la venta y el servicio de catering a bordo y limitando a una única persona en espera para entrar en el aseo a bordo.

• Facilitar a los pasajeros bolsas apropiadas para la recogida de los posibles residuos generados durante su permanencia a bordo y las indicaciones para su posterior depósito al abandonar la aeronave.

• Informar a las tripulaciones de las medidas de protección personal durante las escalas y pernoctaciones de acuerdo con las recomendaciones establecidas en la Guidance on Management of Crew Members in relation to the SARS-CoV-2 pandemic. Issue no: 01 – Date: 26/03/2020 y las Recomendaciones dadas por el Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial https://www.copac.es/wp-content/uploads/2020/03/recomendaciones-COPAC-tripulaciones-frente-covid19.pdf

• Limitar el acceso de personal de tierra del aeropuerto al interior de la aeronave al mínimo imprescindible, su acceso deberá realizarse portando el adecuado EPI (especialmente mascarilla y guantes)

• Requerir a las aerolíneas el cumplimiento de las recomendaciones publicadas por EASA en relación con desinfección de aeronaves (Interim guidance on Aircraft Cleaning and Desinfection in relation to the SARS-CoV-2 pandemics Issue: 01 – Date: 20/03/2020),

• Solicitar a cada uno de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales evaluaciones al efecto, particularmente por exposición a riesgos biológicos y aplicando los criterios recientemente publicados por EASA en este sentido (Guidance on Management of Crew Members In relation to the SARS-CoV-2 pandemic. Issue no: 01 – Date: 26/03/2020).

• Exigir la cumplimentación de los preceptivos informes por parte de las tripulaciones relativos a procesos de urgencia/emergencia declarados en vuelo (EASA SIB No.: 2020-02R2), y particularmente rellenar la Declaration of Health de la General Declaration (ICAO Annex 9, Appendix 1) y el Pax Locator Card Form, y entregarlo en el punto de entrada a las autoridades sanitarias.

• Establecer limitaciones en la actividad aérea en función de la variación geográfica de la epidemia en los viajes entre zonas de transmisión comunitaria o elevada prevalencia a zonas de baja prevalencia o con control de la transmisión.